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Cumple con la normativa: seguro de patinete obligatorio desde enero de 2026

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¿Qué coberturas tiene el Seguro de Patinete Eléctrico?

Coberturas Modalidad principal Modalidades complementarias
Patinete propio
(Seguro Obligatorio)
Transporte público,
taxi y VTC
Uso temporal de
vehículos compartidos
Responsabilidad civil
Defensa jurídica
Garantía de fallecimiento Opcional Opcional Opcional
Garantía de invalidez permanente según Baremo Opcional Opcional Opcional
Indemnización por la hospitalización quirúrgica del asegurado Opcional Opcional Opcional
Orientación médica Opcional Opcional Opcional
Transporte complementario Opcional Opcional Opcional
Defensa en multas de tráfico Opcional
Daños materiales del VMP en propiedad Opcional
Modalidad principal

Patinete propio

(Seguro Obligatorio)
Responsabilidad civil
Defensa jurídica
Garantía de fallecimientoOpcional
Garantía de invalidez permanente según BaremoOpcional
Indemnización por hospitalización quirúrgicaOpcional
Orientación médicaOpcional
Transporte complementarioOpcional
Defensa en multas de tráficoOpcional
Daños materiales del VMP en propiedadOpcional
Modalidad complementaria

Transporte público, taxi y VTC

Defensa jurídica
Garantía de fallecimientoOpcional
Garantía de invalidez permanente según BaremoOpcional
Indemnización por hospitalización quirúrgicaOpcional
Orientación médicaOpcional
Transporte complementarioOpcional
Modalidad complementaria

Uso temporal de vehículos compartidos

Defensa jurídica
Garantía de fallecimientoOpcional
Garantía de invalidez permanente según BaremoOpcional
Indemnización por hospitalización quirúrgicaOpcional
Orientación médicaOpcional
Transporte complementarioOpcional
Defensa en multas de tráfico

Las coberturas opcionales se contratan en bloque. Descarga las Condiciones Generales.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el seguro de patinete eléctrico?

, desde el 2 de enero de 2026, para conducir un patinete eléctrico u otro vehículo personal ligero es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil.

¿En qué consiste este tipo de seguro?

Se trata de un seguro obligatorio que cubre la responsabilidad civil del conductor derivada de los hechos de la circulación del vehículo personal ligero (en adelante, VPL) y se completa con otras coberturas para el VPL y el asegurado.

Además, protege de determinados riesgos durante la movilidad del asegurado en entornos urbanos dependiendo de la modalidad contratada.

¿Qué tipo de vehículos cubre este seguro?

Se considera un VPL que circule por suelo mediante una o más ruedas, de una única plaza y propulsado exclusivamente por motor eléctrico, con una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h (si su peso es inferior a 25 kg) o una velocidad máxima entre 6 y 14 km por hora (si su peso es superior a 25 kg).

¿Qué necesito para contratar un seguro de patinete?

Contar con un certificado de circulación, estar inscrito en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y ostentar una etiqueta identificativa con el número de inscripción asignado o, en su caso, matrícula.

Si es para un menor de edad, ¿el seguro tiene que estar a su nombre?

Según la nueva normativa, solo pueden circular con un patinete eléctrico las personas a partir de los 16 años, aunque el seguro tiene que estar a nombre de un adulto mayor de 18 años. El conductor del patinete puede ser diferente a quien tenga el seguro a su nombre.

¿Cómo contrato un seguro para patinete eléctrico?

Muy fácil, puedes hacerlo 100% online y en solo unos minutos. Solo necesitas algunos datos de tu patinete:

  • Tipo de patinete
  • Marca y modelo
  • Matrícula

En cuanto contrates tu seguro online, te enviaremos tu póliza por email.

¿Qué modalidades puedo contratar?

  1. Modalidad “Mi Patinete Eléctrico”, se circunscribe a la movilidad del asegurado en el VPL que sea de su propiedad y figure recogido en las Condiciones Particulares de la póliza, en su condición de conductor o propietario del VPL.
  2. Modalidad “Transporte Público, Taxi y VTC”, se circunscribe a la movilidad del asegurado en los ámbitos del servicio público de transporte terrestre de viajeros y del servicio de uso de vehículos con conductor en condición de viajero.
  3. Modalidad “Uso Temporal de vehículos compartidos”, se circunscribe a la movilidad del asegurado en el ámbito del servicio de uso temporal de préstamo de vehículos compartidos en condición de conductor.

*5 cts./l por cada seguro contratado de hogar o coche y 1 cts./l por cada seguro contratado de otro tipo. Máximo de 2.000 litros al año y vigencia de 12 meses desde la contratación del seguro. Máximo de 4 seguros de coche y 4 seguros de hogar y 4 de otros tipos de seguros, hasta un ahorro de 44 cts./l. Compatible con los beneficios de «Sumar Energías”. Para más detalles, conoce los Términos y condiciones de «Sumar Energías» para miembros del programa Energías Repsol y las Condiciones del programa Energías Repsol.